¿Qué dice el Fuero Nuevo?

Padre paseando con su hija.

La pensión de alimentos es una de las cuestiones más sensibles y frecuentes en los procedimientos de separación y divorcio, especialmente cuando hay hijos menores o mayores dependientes. En Navarra, la regulación de la pensión alimenticia presenta particularidades importantes respecto al resto de España, ya que se aplica el Fuero Nuevo, es decir, el Derecho Civil Foral Navarro.

En este artículo te explicamos en qué consiste la pensión de alimentos según la legislación navarra, qué criterios utilizan los Juzgados en general y cómo puede modificarse o extinguirse con el tiempo.

1. ¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos es la cantidad económica que uno de los progenitores debe abonar al otro, normalmente tras una ruptura de pareja o divorcio, para contribuir al sostenimiento y cuidado de los hijos comunes.

Incluye mucho más que comida, se refiere también a vestido, educación, sanidad, transporte, vivienda y otros gastos necesarios para el desarrollo del menor. En divorcios en Pamplona o en cualquier partido judicial navarro, esta obligación se establece tanto si hay custodia exclusiva como custodia compartida, aunque en este último caso se valora el equilibrio económico entre progenitores.

2. ¿Qué dice el Fuero Nuevo de Navarra?

La pensión de alimentos en Navarra se regula por el Fuero Nuevo, concretamente por la Ley 1/1973, de 1 de marzo, compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

Artículo 71 del Fuero Nuevo:

“Los progenitores deben prestar alimentos a sus hijos e hijas mientras sean menores de edad y después mientras no hayan terminado su formación por causa que no les sea imputable o no tengan ingresos propios suficientes, aunque sean mayores de edad.”

Esto significa que en Navarra, a diferencia del régimen común, el derecho a recibir alimentos no se extingue automáticamente al cumplir los 18 años, sino que se mantiene mientras los hijos:

Esta previsión legal es aplicada por los Juzgados de familia de Pamplona, Estella, Tudela, Tafalla o Aoiz, como norma foral propia, incluso aunque alguno de los progenitores no sea navarro.

3. ¿Cómo se calcula la pensión de alimentos en Navarra?

No existe una tabla oficial obligatoria, pero los juzgados de Navarra suelen aplicar criterios similares a los que publica el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), adaptados a:

En custodia compartida, lo habitual en Navarra es que cada progenitor cubra directamente los gastos ordinarios mientras el menor está con él, pero aún así puede fijarse una pensión de alimentos compensatoria, si existe desequilibrio económico entre ambos.

4. ¿Se puede modificar la pensión de alimentos una vez fijada?

Sí. La pensión puede aumentarse, reducirse o extinguirse si cambian las circunstancias que la motivaron. Para ello debe iniciarse un procedimiento de modificación de medidas ante el juzgado correspondiente.

Las causas más habituales son:

En DG Abogacía, con Despacho en Pamplona, asesoramos a clientes en toda Navarra en procedimientos de modificación, tanto si quieres solicitar el cambio como si necesitas oponerte a él.